lunes, 7 de marzo de 2011

Un seguidor anónimo ha intentado incluir el siguiente comentario en nuestra entrada “De grafitis y romanos” y por razones que todavía desconocemos (quizás relacionado con la extensión del texto), no ha sido posible colgarlo como Comentario. De manera excepcional y a propuesta de su creador a continuación lo incluimos como entrada en el Blog, por entender que aporta nuevas informaciones sobre uno de los temas mas debatidos.


Fermín.

Tras leer los comentarios a los que se refiere el artículo, y vistas las “perlas” escritas por Pedro en el Norte de Castilla el 25 de febrero, paso a aportar mi opinión y a dar respuesta a las afirmaciones vertidas:

- Si la C/ Las Brevas (las Aceñas) es una vía privada de USO PÚBLICO, nos encontramos con que si algún vecino, instala una señal en la que se prohíbe aparcar a no residentes, especialmente en una vía cerrada y sin salida, están UNILATERALMENTE IMPIDIENDO POR LA FUERZA EL USO PÚBLICO DE LA CALLE.

- Aunque algunos se han aprendido muy bien el art. 57.1.1. de la Ley de Seguridad Vial (Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo), lo que quizá desconozcan y les vendría bien repasar, aunque se las den de expertos en legislación, es el “Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación”, que desarrolla esa LSV cuyo artículo 57.1.1. tan bien se saben, y verían que la posibilidad de regulación en calles y vías de urbanizaciones se restringe a los titulares de dichas vías NO ABIERTAS AL USO PÚBLICO.

- Ahora bien, si este u otro vecino realmente cree que el art. 57.1.1., que establece que “ corresponde al titular de la vía la responsabilidad del mantenimiento de la misma en las mejores condiciones posibles de seguridad para la circulación y de la instalación y conservación en ella de las adecuadas señales y marcas viales”, les habilita (y no a la comunidad de vecinos, que es realmente la titular de la vía) para instalar señales prohibiendo aparcar a los no residentes, entonces les propongo que no traten de justificarse y directamente pongan otra vez la señal prohibiendo aparcar (sería la tercera vez). Y de paso les sugiero que se vayan buscando un buen abogado.

- Como veo que alguno se ha aprendido un artículo de una Ley, voy a darle una oportunidad y le explicaré que no hay nada mejor que aplicar el sentido común (desde luego mucho mejor que agarrarse desesperadamente a un artículo de una Ley que interpretada como yo quiero justifica mis acciones). A ver si entiende una cosa: No puede ser que un bien sea de uso público y por tanto demanial y que la titularidad sea de otro, eso es un oxímoron o contradictio in terminis.

-Ahora resulta que no ponen vado porque no les dejan, cuando se les ha “concedido” (como al resto de simanquinos), en varias ocasiones, y todas las veces se han opuesto en base a que las Calles son privadas.

-Vaya por delante que este Ayuntamiento tiene un gravísimo problema de comunicación con sus ciudadanos, pero puestos a buscar soluciones se me ocurren tres:

· Recepcionar por parte del Ayuntamiento esas calles como propias por el transcurso del tiempo (20 años)

· Expropiar esas calles (lógicamente sin justiprecio, ya que se llevan manteniendo con fondos públicos desde hace más de quince años)

· Iniciar expediente administrativo por el cual se elimine la afectación pública de dichas calles. Esta sería a mi juicio la solución más justa, es decir, se cambia de nuevo la calificación de los viales para que además de su titularidad, su uso pase a ser estrictamente privado, en cuyo caso, ya no es necesario que se pongan vados, ni podrían aparcar personas ajenas a la propiedad. Como contrapartida, el mantenimiento de conducciones, reparaciones, limpieza e iluminación pasaría a depender de los propietarios de dichas calles.

- Desconozco como lo consiguieron en su día, pero no se entiende que se califique de uso público un vial privado de una urbanización eminentemente residencial. ¿En qué beneficia a la colectividad que determinadas calles de Las Aceñas o de otras urbanizaciones se califiquen como de uso público, cuando son calles a las que solo tienen que acceder las personas que en ellas viven, y cuando ese uso público no va acompañado de una mejora en las comunicaciones ni en los transportes?. Desde luego que a los que beneficia es a sus titulares, porque les mantienen, reparan e iluminan la calle los fondos públicos. Ahora bien, a la hora de pagar el Vado o de que otros vecinos aparquen en sus calles ya no vale el USO PÚBLICO, sino que son calles privadas.

Repito, calificar calles privadas como de uso público en zonas residenciales, sin servicios públicos, en vías a las que solo acceden los residentes, y sin una justificación clara, es un mal negocio para la colectividad

-Por el comentario que hace Pedro sobre la Escuela de Música, le supongo contrario a cualquier inversión pública en cultura, por lo que para no perder mucho el tiempo solo le diré una cosa: ¿cómo se puede cuestionar los gastos públicos en cultura, que se financian en un 80% con las tasas que abonan sus usuarios, y no decir nada del dinero público dilapidado durante más de 15 años para mantener, reparar e iluminar su calle y la de sus vecinos? (y lo de los gastos en toros y encierros lo dejo para otro momento)

- Una cosa más, imaginaros que un día alguien va paseando por esas CALLES PRIVADAS DE USO PÚBLICO, y como consecuencia de que hay un adoquín suelto se cae y se lesiona de gravedad. Habría que preguntarse una cosa, ¿Quién tiene la responsabilidad civil en este caso?, ¿Quién tiene que indemnizar al lesionado?.

- Por último, atentar contra los coches que aparcan en esas calles no es una solución civilizada del problema.

6 comentarios:

Anónimo dijo...

1º Fermin bueno días.
Le digo ya que me he aprendido un artículo de una ley como usted dice.
LE digo lo mismo y si es usted jurista deme otros argumentos no los que usa.
Parking de Carrefour! Privado de uso público.Privado porque pertenece ,la titularidad del solar es de Carrefour, y es de uso público(entra en el mismo una colectividad indeterminada de personas) luego ellos ponen las señales que quieren en dicho parking,sin embargo la Policía no va a denunciar dentro.No se líe usted con principios de derecho en latín que le dije en su día que quedará muy bonito dependiendo del nivel de quien le lea.
2º Acaso sabe usted quien mantiene los jardines,adoquinado etc de la calle Brevas.Se lo digo yo se llama MAriano y es un empleado de mantenimiento que pagan los vecinos de las Aceñas.Al igual que la segadora que usa, et cemento, etc etct etc
3º Conoce usted el barrio de la Huerta del Rey?Supongo que sí pues hace años al construirse se calificó igual a los jardines que tiene debajo, o por ejemplo la calle León en sus numeros impares,esos jardines,que estan a diferente altura que la acera,dnde esta Electricidad Cernuda,y varios bares de copas.Privado de uso público!!Lo limpia el portero de esos pisos, pero usted puede acceder tranquilameente, y quien decide si ?se ponen carteles para los perros el ayuntamiento?no la comunidad de vecinos.Existen miles de casos así, ahora no sé cual es el problema que tiene usted con esa calle.Legalmente no se les da vado al existir el contencioso por la titularidad, y tampoco pueden hacer nada para que no les dejen los coches en la puerta de su garaje.Son ustedes una asociacion de vecinos?Ayudenles, o es que todod es politiqueo....y criticar a la corporación

Anónimo dijo...

Señor, lea otra vez el artículo, Fermín nos cuenta que lo envia un seguidor anónimo de nuestro blog, por lo tanto no lo firma nadie de la Asociación de vecinos. Dirija sus críticas a la persona adecuada, y si cree que la Asociación no ayuda a los vecinos sepa que tiene la puerta abierta, entre con nosótros y colabore con nuestro trabajo,criticar es facilísimo. Una socia

Anónimo dijo...

Vamos a ver si alguien se aclara:
1º.- Parking de Carrefour: Un restaurante, un cine, un bar, o un centro comercial son de pública concurrencia, pero no de uso público, uso público sólo puede ser si el bien es demanial.
2º.- De acuerdo, dice usted que el adoquinado y los jardines (me imagino que se refiere a esa estrecha franja de cesped) las mantiene Mariano. ¿Me puede decir VD de quien son las farolas de la calle y quien paga la iluminación de la calle?. Yo se lo diré, El Ayuntamiento (con el dinero de todos)
3ºParece que hay que esperar a que decida un juez. entonces, ¿por qué en dos ocasiones ha puesto algún vecino señales prohibiendo aparcar a no residentes?. Si son tan legales ¿por que las dos ocasiones se las ha retirado el Ayuntamiento?
¿De qué quiere convencernos?, ¿No se da cuenta que si en una calle sin salida se prohibe estacionar a quien no sea residente, se está eliminando por la fuerza el uso público de la calle?
4º.- Salvo que me impidan aparcar en ella teniendo derecho, me dejen notitas en el coche, atenten contra mi vehículo o intenten expulsarme de una vía de uso público, yo no tego ningún problema con esa calle.
5º Si ha leido el comentario enviado, verá que por mi parte se pueden quedar con sus calles privadas para siempre, su titularidad y su uso. Así dejarían de ser una carga para los demás.

Anónimo dijo...

¿Pero como se puede comparar una calle de Las Aceñas con el Parking de Carrefour?
Más allá de justificaciones legales peregrinas e interesadas, y más allá de comparaciones imposibles, lo que hay en esa calle y su entorno es una situación de acoso contra lo no residentes. Y esto no lo digo yo, lo dice la policia.
Por cierto, Pedro,¿tú de los ataques a vehículos estacionados en esa zona no sabes nada, verdad?

Anónimo dijo...

buenas me acabo de enterar creo que es cierto que varios de los integrantes de su asociacion se presentaran a las proximas elecciones por parte de UPyD
bueno pues ya que antes me merecian poco credito por su actitud no por el bien del pueblo si no anti PP ahora ya si que me terminan de rematar
si en un futuro señor Fermin cambiara el signo politico de nuestro pueblo (cosa dificil la verdad)seguiria usted con el mismo sistema de esta todo mal o se le veria el plumero
creo que una asociacion como la suya no puede estar politizada

gracias y saludos

Anónimo dijo...

Respuesta al comentario anterior.
Esta asociación, a la que sigo, en mi opinión no es anti-PP, defiende los intereses de Simancas evidenciando los problemas y la falta de soluciones; y, como ha demostrando, la gestión del actual Alcalde es nefasta por ineficaz y ruinosa para todos, incluso para ti si estás empadronado, aunque no lo sepas. Así no le queda mas remedio que ser anti-alcalde por ser pro-Simancas.

En varios artículos han dicho que le apartasen de la cabeza de lista sustituyéndole por otro candidato más capaz, que indudablemente los hay en todos los partidos políticos; pero la cúpula de su partido, y probablemente sin consultar con sus afiliados de base que conocen la situación y pagan cuota, lo han vuelto a colocar. Es evidente que los responsables de esa decisión son los que deberían explicarte por qué lo hicieron así.

Y si crees que los miembros de esta asociación no deberían estar en las candidaturas, y siendo justo y ecuánime como pareces, deberías preocuparte por todas las listas, y ampliar la exclusión a los miembros de todas las asociaciones, por ejemplo: miembros de prelaturas, de colegios profesionales, de las AMPA, de las Amas de casa, etc. y por supuesto de los partidos políticos.
Los dirigentes de ésta asociación que optaron por ser candidatos independientes, puede que no lo sepas, pero consideraron ético cesar de sus cargos; dentro de esos conceptos ecuánimes que usas, ¿pides lo mismo a otras asociaciones donde sus presidentes aparecen como afiliados en listas electorales?

Y por último, te ruego aclares en que punto de la Constitución apoyas tu demanda; y a cambio, te ofrezco la lectura de su Art. 6 y del breve Art. 68.5.

Saludos.